En los actuales
países democráticos, los Estados
garantizan los derechos y
libertades de los ciudadanos. Entre los principales derechos, destacamos
la libre manifestación del pensamiento así como el derecho a
la protección ante situaciones de peligro, indefensión o abuso
de terceros; que se defienden y articulan a través de las leyes,
los medios de comunicación y el entramado
asistencial público o privado existente.
El mundo de la publicidad también está sujeto a control a través
de normativas legales, la crítica
social y criterios profesionales:
Normativa legal:
La legislación sobre publicidad se ocupa
de proteger al destinatario o al receptor de las prácticas fraudulentas
en las que incurren aquellos mensajes que incluyen información engañosa
o desorientadora a cerca de lo que anuncian.
Se ocupan, además, del cumplimiento del principio de competencia
leal en el mercado publicitario, actuando
contra las empresas que utilizan argumentaciones dolosas. Por último,
regulan las relaciones que se establecen entre los distintos sujetos que intervienen
en este mercado.
Crítica social:
La participación ciudadana y el movimiento
asociacionista son los protagonistas de la difusión de corrientes de
opinión y de actuaciones para impedir determinadas prácticas
por considerarlas nocivas. Entre sus denuncias se encuentran a menudo casos
de campañas que se estiman como verdaderos supuestos de publicidad
engañosa o socialmente discriminatoria.
Criterios profesionales:
Los publicitarios han creado una tercera vía que procura evitar las
actuaciones contrarias a las normas, usos y costumbres y exigencias del mercado
y los consumidores. Es la respuesta voluntaria
de los profesionales dedicados, tanto a la creación como a la difusión
de mensajes publicitarios, para autorregular desde dentro casos contrarios
a los principios legales, éticos
y sociales establecidos.