6.8 Tú también cuentas

 

La prensa constituye un negocio en el que participan distintas empresas informativas, agencias, anunciantes. Todos buscan obtener el máximo beneficio económico posible. Pero los buenos empresarios de prensa deben saber combinar esas pretensiones económicas legítimas con la elaboración de productos informativos de calidad.

Los productos informativos cumplen una importante función social y, en gran medida, su éxito o su fracaso dependen de la credibilidad que consigan entre sus lectores. Si deseas trabajar como periodista, recuerda que tu tarea consiste en elaborar productos informativos que satisfagan los intereses de tus lectores siendo lo más fiel posible a la realidad que relates.

Para lograrlo se te va a exigir un alto grado de profesionalidad. No debes olvidar que tienes una responsabilidad frente a tu empresa y frente a la sociedad, una responsabilidad ética. El Colegio de Periodistas de Cataluña ha elaborado un código deontológico que debería ser respetado por todos los medios de comunicación y por los periodistas aunque, por desgracia, no siempre es así.

Tú también cuentas porque saldrás beneficiado como lector si todos los periodistas cumplen unas normas básicas:

  • Hay que evitar la confusión entre la difusión de los hechos y acontecimientos con las opiniones o interpretaciones. Nunca dar difusión a un rumor.
  • Se tienen que difundir únicamente informaciones contrastadas y confirmadas.
  • Se debe rectificar con diligencia en el caso de que una información se demuestre errónea, poniendo especial empeño en enmendar los posibles perjuicios personales causados.
  • Hay que utilizar métodos dignos para obtener información o imágenes.
  • Hay que respetar el off the record cuando haya sido invocado.
  • Se debe reconocer a las personas individuales y/o jurídicas el derecho a no proporcionar información ni responder preguntas.
  • No aceptar nunca retribuciones o gratificaciones de terceros por promover, orientar, influir o haber publicado informaciones y opiniones.
  • Existe la obligación de respetar el derecho de las personas a su propia intimidad e imagen.
  • Hay que observar escrupulosamente el principio de presunción de inocencia.
  • ¡Ojo cuando se trate de una información que afecte a menores! Se tiene que tener especial cuidado.
  • Se tiene que actuar con especial responsabilidad y rigor en el caso de informaciones u opiniones con contenidos que puedan suscitar discriminaciones por razones de sexo, raza, orientación sexual, creencias religiosas o que, de algún modo, puedan inducir al uso de la violencia.
<< anterior | siguiente >>