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Roma y su
legado El derecho romano [Autoevaluación]
La Península Ibérica: la Alta Edad
Media
La Península
Ibérica fue ocupada, a partir de mediados del siglo V
d.C., por pueblos bárbaros entre los que destacaban los
suevos y los visigodos. Estos últimos no unificarán el
territorio hasta casi un siglo después. En el año 476
el rey Eurico publicó un Código de clara influencia
romana, quizás en un intento de la frágil monarquía de
asentar sus estructuras en el pasado clásico. El rey se
rodeó de juristas, entre ellos León de Narbona o
Marcelino, para crear un texto que sirviera a todos sus
súbditos. Esta ley también es conocida como Lex Romana
Visigothorum. |
Más tarde
Alárico II promulgará un Breviario, que contenía
selecciones de constituciones del emperador Teodosio, adaptaciones de las Instituta de
Gayo y Sentencias de Paulo. El Breviario estaba dirigido
a la población romana del reino, en un intento de
atraerla hacia la administración visigoda.
Sin embargo,
pese a los intentos legales de la monarquía, la
población goda y la hispanorromana permanecían separadas
y contaban con órganos de administración y de justicia
diferentes. No será hasta el 589 d.C.cuando se produzca
la unificación jurídica. Pero esta vez no será el
concepto de ciudadanía o de derecho común el que lo
consiga, sino la conversión al catolicismo del rey
Recaredo en el III Concilio de Toledo. A partir de
entonces los diferentes grupos de población tendrán
instituciones comunes. |
Fruto de esta
unión será el código del rey Recesvinto, el Liber
Iudiciorum, compuesto por la acumulación de materiales
antiguos y recientes. Este Libro de los Juicios o de los
Jueces recoge un conjunto de leyes, emanadas del derecho
romano y de los concilios de la Iglesia de Toledo, que
serían las únicas válidas a partir de ese
momento. |
A partir del
año 711 el reino visigodo se derrumba y la mayor parte
de la Península pasa a ser musulmana bajo la
administración de gobernadores dependientes del Norte de
África y de Damasco. Entre la población cristiana, y a
lo largo de la Edad Media, se conservará el Liber
Iudiciorum.
Cuando
los reinos cristianos empiecen su expansión desde el
Norte utilizarán las leyes de Recesvinto como soporte
legal. El antiguo Liber se conocerá, en lengua romance,
como Fuero Juzgo, pero el nuevo derecho apenas tendrá el
eco de lo romano, basándose más bien en las relaciones
privadas y en la
tradición. |
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